Micelio
Auto13 de septiembre de 2023

A- de 2023

Ponente Natalia Ángel Cabo

Demandante De Oficio Procesado Estrada Gonzalez Victor Manuel Y Otro·Demandado Estrada Gonzalez Victor Manuel Y Otro

Tema · dato duro
Competencia De La Jurisdicción Ordinaria-Procesos En Los Cuales, Según Las Pautas De Ponderación, Los Factores De Competencia De La Jurisdicción Especial Indígena No Se Satisfacen
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria
  • Procesos en los cuales, según las pautas de ponderación, los factores de competencia de la Jurisdicción Especial Indígena no se satisfacen
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Primero Penal del Circuito de Ipiales (Nariño) y la jurisdicción especial indígena Cabildo Indígena Iles.

La controversia se origina respecto a la competencia para asumir el conocimiento del proceso penal llevado en contra de un ciudadano indígena por la presunta comisión del delito de secuestro simple en concurso con los delitos de hurto calificado y agravado y de tentativa de homicidio agravado a título de coautor.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena al ponderar los cuatro factores que habilitan el ejercicio de la jurisdicción especial de las comunidades indígenas, la Corte encuentra que el asunto bajo estudio debe ser tramitado ante el sistema judicial penal ordinario.

Ello, pues la Sala Plena advierte que, aunque se acreditó el cumplimiento de los factores (i) personal, porque el imputado es comunero del resguardo de Iles, y (ii) territorial, pues los delitos presuntamente ocurrieron en un lugar en el que la comunidad indígena ejerce su cultura y tradiciones; lo cierto es que, dada la especial nocividad de la conducta investigada, no fue posible acreditar una institucionalidad lo suficientemente sólida como para permitir que la comunidad juzgue el caso sin que esto perjudique los derechos de posibles víctimas.

En consecuencia, la Corte resuelve asignar la competencia a la Jurisdicción Ordinaria y remitir el expediente al Juzgado Primero Penal del Circuito de Ipiales (Nariño), para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y a la jurisdicción especial indígena Cabildo Indígena de Iles.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto positivo de jurisdicción entre el Juzgado
  2. Primero. Penal del Circuito de Ipiales (Nariño) y la jurisdicción especial indígena Cabildo Indígena de Iles en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
  3. Primero. Penal del Circuito de Ipiales (Nariño) es la autoridad competente para conocer del proceso penal llevado en contra de Víctor Manuel Estrada González por la presunta comisión del delito de secuestro simple en concurso con los delitos de hurto calificado y agravado y de tentativa de homicidio agravado.
  4. Segundo. REMITIR el expediente CJU-2470 al Juzgado
  5. Primero. Penal del Circuito de Ipiales (Nariño) para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y a la jurisdicción especial indígena Cabildo Indígena de Iles.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónJosé Fernando Reyes Cuartas
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.